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Los 36 diputados electos y los 99 salientes que no han presentado su declaración jurada de bienes

  • Foto del escritor: Itrendy Entertainment
    Itrendy Entertainment
  • 18 jun 2025
  • 2 min de lectura
La Cámara de Cuentas de la República Dominicana publicó una lista de los 36 diputados electos que aún no han depositado la declaración jurada de patrimonio, a pesar de que ya han asumido funciones hace nueve meses. La Ley 311-14 exige presentarla dentro de los 30 días siguientes a la toma de posesión. 
La Cámara de Cuentas de la República Dominicana publicó una lista de los 36 diputados electos que aún no han depositado la declaración jurada de patrimonio, a pesar de que ya han asumido funciones hace nueve meses. La Ley 311-14 exige presentarla dentro de los 30 días siguientes a la toma de posesión. 

La nómina de omisos incluye representantes de los partidos principales: 21 del Partido Revolucionario Moderno (PRM), 6 de la Fuerza del Pueblo, 5 del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), además de legisladores del Partido Demócrata Institucional (PDI), Demócrata Popular (PDP), Partido Humanista Dominicano (PHD) y un diputado sin partido declarado. 


Ayer, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, aclaró que los 133 diputados mencionados en un comunicado de la Cámara de Cuentas corresponden en su mayoría a exlegisladores. De los actuales, sólo "alrededor de 33 o 34" siguen "incompletos", e incluso hay algunos "que ni siquiera han iniciado el proceso". 


acheco advirtió que, conforme al reglamento interno, los diputados que no regularicen su situación no recibirán su salario correspondiente al mes de julio, cuyo monto ronda los 320,000 pesos, sin contar viáticos y bonificaciones adicionales. 

#

Nombre

Partido

1

Adelso de Jesús Rubén Contreras

PRM

2

Ángel María Sánchez Pujols

PRM

3

Brenda Mercedes Ogando Campos

PLD

4

Carlixtra Carolina Paula de la Cruz

PRM

5

Carlos José Gil Rodríguez

PLD

6

Carlos Morillo Valdez

PRM

7

Carmen Leida Escarfuller Morel de Melo

PRM

8

Chavely Melina Sánchez Taveras

PRM

9

Eddy Antonio Germán de León

PRM

10

Edward Enrique Cruz Asunción

PRM

11

Enmanuel José Polanco Toribio

PRM

12

Enriqueta Rojas Javier

FP

13

Esmeralda Leudennys Mancebo

PLD/FP*

14

Estamy Rafaela Colón Tatis

PRM

15

Eudy de la Cruz

PRM

16

Eugenio Cedeño Areche

PRM

17

Franklin Ramírez de los Santos

PRM

18

Franklin Santiago Benjaminwhite Coplin

PRM

19

Ignacio Aracena

PRM

20

Ismael Reyes Cruz

PDI

21

Jerges Rubén Jiménez Bichara

PRM

22

Jheyson Amir García Castillo

PRM

23

José del Carmen Montero Arias

PLD

24

José Francisco Peña Guaba

FP

25

José Luis Rodríguez Hiciano

PRM

26

Juana Ramona Castillo

PRM

27

Kinsberly Taveras Duarte

PRM

28

Lidia Esther Pérez de Taveras

PRM

29

Margarita María Cedeño Lizardo

PLD

30

Melvin Alexis Lara Melo

PRM

31

Mirtilio Santana Santana

FP

32

Namibia Angola Didiez Ogando

PDP

33

Pedro Leonidas Corporán Cabrera

Sin datos en línea

34

Ramón Emilio Gori Taveras

PHD

35

Sergio Moya de la Cruz

PRM

36

Socorro Mercedes Monegro

FP

Las obligaciones y consecuencias según la ley 


La Ley 311-14 establece que senadores, diputados, alcaldes, vicealcaldes y regidores, entre otros funcionarios, están obligados a presentar la declaración jurada dentro del mes posterior a su juramentación. No hacerlo constituye una falta grave que permite la retención del salario y la imposición de una multa igual al sueldo percibido, según el artículo 13. 


 
 
 

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